11/04/12

Caso Boudou: ¿Para qué sirve la inteligencia financiera?

Juan Félix Marteau Profesor de criminologia, UBA

El sistema de inteligencia financiera de un Estado es el conjunto de dispositivos de los que dispone una administración para obtener, analizar y sistematizar información de análisis económicos a efectos de comprender su naturaleza y objeto, así como la motivación y aplicación que guía a quienes llevan a cabo, todo ello en el contexto de una situación en la que están en juego los intereses de la Nación y sus ciudadanos.
En estos últimos años, debido al progreso significativo de la informática, que permite elaborar y archivar por años voluminosas bases de datos sobre transferencias bancarias, pagos con tarjetas de créditos, compra de divisas, constitución de sociedades, transferencias de bienes registrables, etc. la inteligencia financiera (FININT, en su acrónimo en inglés), ha obtenido una importancia decisiva en la relación con los sistemas tradicionales de inteligencia sustentada en fuentes humanas, como testigos e informantes (HUMINT) o derivada de otro tipo de signos o señales relevantes, como la que emana de comunicaciones telefónicas o internet (SIGNINT).
La compleja trama de financiamiento e inversión de los carteles del narcotráfico y el nuevo terrorismo global, llevaron a la comunidad internacional a promover un sistema global de inteligencia financiera orientada a iluminar operaciones sospechosas e inusuales, identificar a los clientes de amplios sectores de la economía, comprender el grado de participación accionaria en una persona jurídica y descubrir quién es el beneficiario final de depósitos, pagos, inversiones y otras actividades de orden financiero.
El GAFI contribuyó a que, en estas últimas décadas, la inteligencia financiera se haya convertido en una herramienta disponible para la investigación policial y judicial de otros delitos de estructura compleja, como la corrupción y el fraude.

El sistema de inteligencia financiera en Argentina

La Ley 25.246 sobre Lavado de Activos de Origen Delictivo, vigente desde 2000 y reformada en 2011, constituye el soporte normativo vigente en el país para la utilización de inteligencia financiera a efectos de prevenir y reprimir los delitos que tienen beneficios patrimoniales.
En lo que concierne a la estructura estatal destinada a practicar inteligencia financiera, esta norma, en primer lugar, establece que es la Unidad de Información Financiera (UIF) la máxima autoridad en esta materia. Sus misiones principales son analizar informes de operaciones sospechosas, solicitar todo tipo de información a entidades públicas y privadas para el cumplimiento de su tarea (sin que pueda oponerse a los secretos de ninguna especie), establecer sistemas de contralor y supervisión interna para las mismas cooperantes con sus acciones, colaborar con la justicia en la investigación de delitos graves y, lo que es muy importante, adherirse al sistema de intercambio internacional de información que conforman cerca de 180 UIF en el mundo.
En segundo lugar, la ley enumera una serie de entidades consideradas claves para identificar el éxito de las investigaciones sobre operaciones sospechosas. Es de destacar que el legislador argentino considera que no se puede hacer recaer todo el peso de esta delicada actividad en el sector privado y incluir en esta lista a la AFIP, el BCRA, la CNV, los registros públicos de comercio y de propiedad, Los entes de fiscalización de personas jurídicas, (como la Inspección General de Justicia), procurando que el Estado pueda construir con celeridad un verdadero ADN financiero de los ciudadanos que operan operaciones que no se justifican, mar por la inconsistencia de la situación tributaria de quien la realización u otra condición que la hace contraria a los usos y costumbres de la actividad de que setrate.
Una vez organizado el sistema de inteligencia financiera, la ley ordena las actividades fundamentales para que el Estado pueda acceder e interpretar la información. Uno de los pilares de la inteligencia financiera es la obligación de identificar a los clientes (contribuyentes) de modo que pueda elaborar un perfil patrimonial que garantice los montos que operan sean acordes con su situación económica. Otro pilar es el deber de identificar el conocimiento del origen de los fondos objeto de la identificación, lo que permite monitorear si los mismos se vinculan a alguna actividad ilícita. En el marco de estas acciones, la ley considera esencial que los organismos y entidades obligados a realizar inteligencia financiera descubran quien es el verdadero beneficiario final de las operaciones,
El Estado Argentino cuenta con un sistema impresionante para conocer al alcalde detalle qué sucedió en la trama de operaciones y sociedades que hoy comprometen al Vicepresidente de la Nación. Dada la gravedad institucional que este asunto encierra, resultante imprescindible
que la justicia pueda no solo dilucidar en qué medida este funcionario procedimiento lícito o ilícitamente, sino también determinar en qué grado los organismos públicos obligados activan los dispositivos de control nuevos descriptos.
En conclusión, desde una perspectiva jurídica, basado en el derecho vigente en Argentina, la inteligencia financiera sirve para conjurar las acciones que se ponen en riesgo los intereses del Estado. El presupuesto fáctico para ello es la voluntad pública no ha sido del todo doblegada por los factores que hacen prevalecer sus negocios y réditos privados. Una vez más, la verdadera respuesta la otorgará la realidad