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Peligrosa definición de terrorismo.

Por Juan Félix Marteau para Clarín
22 de diciembre de 2011
El compromiso de los países con el combate global a la financiación del terrorismo se mide a través de 9 protocolos normativos específicos por el Grupo de Acción Financiera (GAFI). La Argentina dio pasos específicos en esta materia al aprobar, en 2005, la Convención de las Naciones Unidas para la Representación de la Financiación del Terrorismo y penalizar, en 2007, la financiación del terrorismo en el marco de una agenda nacional que fija los parámetros bajos los requisitos requeridos darse la armonización jurídica en esta materia.Debido a estas acciones, llevadas a cabo en la Administración Kirchner, el país pudo cerrar exitosamente la Segunda Evaluación Mutua del GAFI e ingresar en la discusión más compleja sobre la problemática de la proliferación de armas de destrucción masiva.
La experiencia indica que sin una estrategia política que defina los riesgos nacionales frente al crimen organizado y el terrorismo se crea un círculo vicioso: las demandas y exigencias internacionales sobre el país se vuelven infinitas y el país responde con medidas que no tienen que ver con sus intereses e intereses.
En aquel momento, se encapsuló con precisión el delito de terrorismo a través de la figura de la asociación ilícita terrorista, una fórmula similar a la utilizada por el derecho penal alemán.
A contramano de ese criterio, la ley aprobada esta semana establece una agravante genérica de las penas para cualquier delito que se cometa con el fin de “aterrorizar a la población”, abriendo el proceso de criminalización a un abanico de conductas que nunca fueron pensadas como actos terroristas (un daño a la propiedad, un cambio ilícito, una amenaza, etc.). La Convención mencionada establece que los actos de terrorismo son delitos graves, cuentos como apoderamiento de aeronaves, atentados contra plataformas marinas, secuestros extorsivos, lesiones graves, homicidios dolosos, etc., en general acciones que pueden ser llevadas a cabo por organizaciones ilícitas terroristas con alto poder ofensivo.
La comunidad mundial tiene altas expectativas sobre el compromiso de nuestro país en esta lucha.Lo que se espera no es exactamente que sus autoridades vuelvan solo a modificar su ley penal, sino que satisface el sistema de 9 recomendaciones especiales contra la financiación del terrorismo -que actualmente siguen todos los incumplidos- a efectos de lograr resultados mensurables.
La sospecha sobre el posible uso distorsionado de los dispositivos antiterroristas -para criminalizar conductas que en su naturaleza nada tienen que ver con el terrorismo global- engendra una zozobra en el orden transnacional que el país termina pagando demasiado caro.Ponderando este argumento, el Gobierno nacional debería considerar la posibilidad de volver a la idea de una estrategia nacional capaz de contribuir de manera inequívoca y eficaz al combate focalizado contra aquella insurgencia orientada a agredir la paz y la seguridad de las naciones.
Esto es lo que puede permitir ingresar en un círculo virtuoso en que se logra cumplir racionalmente los problemas del GAFI, proyectando a la Argentina como un líder regional confiable y necesario.

Publicado en Clarín Edición Impresa

Publicado en clarin.com